Normas y Prohibiciones

  1. Se permite sepultar el cuerpo de una persona por nivel.
  2. La sepultura será bajo tierra.
  3. Las dimensiones del lote en arrendamiento son de 1 metro de ancho por 2.40 metros de largo y 2 metros de profundidad.
  4. Para solicitar el servicio de inhumación deberán presentarse personalmente a la oficina principal ubicada en la Colonia Alameda a realizar los tramites administrativos correspondientes;Debiendo presentar los siguientes documentos:
    a) Copia del certificado medico de defunción o acta de defunción.
    b) Copia de tarjeta de identidad del fallecido.
    c) Certificado si está el contrato de arrendamiento a perpetuidad completamente pagado o copia del contrato con los últimos recibos de pago.
    Nota: Laboramos las 24 horas de cada día del año
  5. El cliente deberá solicitar la apertura de la fosa inmediatamente después del fallecimiento de la persona o como mínimo 24 horas antes de la inhumación. Si el servicio no es solicitado en el tiempo antes mencionado se corre el riesgo de no terminar la apertura a la hora requerida, sin responsabilidad para Funerales San Miguel Arcángel.
  6. La apertura y cierre de fosa será efectuada solo por el personal de Jardín de paz, previo el pago correspondiente.
  7. El cliente también cancelará al momento de solicitar el servicio de inhumación el impuesto sobre la venta vigente y el pago de la bóveda de concreto en el caso de ser solicitado.
  8. Es responsabilidad del cliente para brindarle un buen servicio, presentarse con puntualidad a la hora programada para la inhumación.
  9. El cliente antes de instalar una placa de cualquier tamaño deberá cancelar por concepto de permiso el valor de L.150.00.
  10. Se recomienda realizar la instalación de lápidas o placas después de 6 meses de la inhumación, dicha instalación será efectuada solo por los empleados del Jardín de Paz una vez que el cliente efectúe el pago correspondiente.
  11. Jardín de Paz se responsabiliza a brindar el mantenimiento a perpetuidad, el cual consistirá en limpieza, riego y corte de la grama en forma general.
  12. Sí después de 7 años de efectuado el servicio de inhumación, el contratante no ha efectuado el pago total del contrato, la empresa procederá a la exhumación de los restos, para depositarlo en el osario del Jardín sin responsabilidad alguna.
  13. El personal del Jardín de Paz recogerá todas las ofrendas florales que se encuentren deterioradas.
  14. Las instalaciones del Jardín de Paz estarán abiertas al público de lunes a viernes de las 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados, domingos, fechas especiales y días festivos de las 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  15. Cuando el cliente decida instalar grama o cualquier otro tipo de planta ornamental después de la inhumación, se hará responsable de su cuidado y mantenimiento, exonerando a Funerales San Miguel Arcángel de cualquier reclamo.

Se Prohíbe lo Siguiente

  1. Instalar verjas de cualquier tipo.
  2. Inatalar toldos o carpas en los jardines.
  3. La instalación de placas, lápidas y floreros de aluminio o mármol por clientes o terceras personas, dicha instalación debe ser realizada exclusivamente por empleados de Jardín de Paz San Miguel Arcángel.
  4. Sembrar árboles y arbustos en el interior de los jardines.
  5. Instalar floreros o cualquier otro recipiente que acumule agua (exigencia de las autoridades de salud pública).
  6. Ingresar con armas de fuego y hacer disparos dentro del Jardín.
  7. Ingresar en estado de ebriedad o drogados.
  8. Ingerir bebidas alcohólicas o drogas dentro del Jardín.
  9. Estacionar el vehículo frente de un jardín, donde este por realizarse una inhumación, excepto si forma parte del cortejo fúnebre.
  10. Aprender a manejar vehículos en las instalaciones.
  11. Lavar vehículos dentro del jardín.
  12. Practicar cualquier tipo de deporte dentro de las instalaciones del Jardín de Paz, así como el uso de bicicletas en los jardines.
  13. El ingreso de mascotas.
  14. Que los niños jueguen en los jardines o se suban a los árboles.
  15. Las ventas ambulantes.
  16. Colocar esculturas religiosas o de cualquier otro tipo en forma vertical.
  17. Realizar cualquier tipo de actividad social o espiritual que incluya: toldos, sillas y otros equipos, sobre los jardines en uso.